¿QUÉ ES EL CAP?
Las siglas CAP corresponden a Certificado de Aptitud Profesional. Es el certificado que acredita que determinados conductores han superado el curso y, en el caso que corresponda, el examen exigidos para la nueva formación obligatoria en toda la UNIÓN EUROPEA.
¿QUÉ CONDUCTORES ESTÁN AFECTADOS POR LA FORMACIÓN?
Los conductores profesionales de transporte por carretera de viajeros o de mercancías de vehículos de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
TIPOS DE CURSOS:
- - CUALIFICACIÓN INICIAL (OBTENCIÓN) 140 horas + Examen
- - FORMACIÓN CONTINUA 35 horas
CUALIFICACIÓN INICIAL
Es obligatoria:
- Transporte de viajeros (D1, D1+E, D Y D+E) a partir del 11/09/2008.
- Transporte de mercancías (C1, C1+E, C Y C+E) a partir del 11/09/2009.
Todo conductor que obtenga los permisos de autobuses a partir del 11/09/2008 o de camiones a partir del 11/09/2009 tendrán que obtener el CAP INICIAL. Una vez realizado el Curso de Cualificación Inicial habrá que realizar un examen teórico de 100 preguntas tipo test. Una vez obtenida la Cualificación Inicial, deberán realizar un curso de formación continua antes de que transcurran 5 años para su renovación.
FORMACIÓN CONTINUA
Los conductores que sean titulares de un permiso de conducción:
- De las categorías D1, D1+E, D, D+E antes del 11/09/2008
- De las categorías C1, C1+E, C, C+E antes del 11/09/2009
Están exentos de la cualificación inicial pero deberán realizar un curso de formación continua según un calendario oficial en el que se tiene en cuenta la terminación del número del DNI.
Calendario oficial
a.- Los conductores de vehículos de las categorías de permiso de conducción D1, D1+E, D y D+E, entre el 10 de septiembre de 2011 y el 10 de septiembre de 2015, de acuerdo con el siguiente calendario:
- 1. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2011.
- 2. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 3 o 4, antes del 10 de septiembre de 2012.
- 3. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2013.
- 4. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 7 u 8, antes del 10 de septiembre de 2014.
- 5. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2015.
b.- Los conductores de vehículos de las categorías de permiso de conducción C1, C1+E, C y C+E, entre el 10 de septiembre de 2012 y el 10 de septiembre de 2016, de acuerdo con el siguiente calendario:
- 1. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2012.
- 2. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 3 o 4, antes del 10 de septiembre de 2013.
- 3. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2014.
- 4. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 7 u 8, antes del 10 de septiembre de 2015.
- 5. Titulares del permiso de conducción cuyo número termine en 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2016.